Comunicación Transporte Residuos en Cantabria
SAVIA gestiona a las empresas la Comunicación Transporte Residuos en Cantabria, que deriva de la aplicación de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y del Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.
SAVIA es una consultora e ingeniería medioambiental especializada en autorizaciones y permisos en la gestión de residuos. En materia de traslado de residuos gestionamos la Comunicación Transporte Residuos en Cantabria.
Gestión ambiental de residuos para empresas
SAVIA ofrece los servicios de gestión ambiental en materia de residuos a las empresas de forma externalizada para cumplir las exigencias legales y evitar cualquier tipo de sanción. Tenemos profesionales especializados para llevar a cabo todos los tramites y documentación necesaria:
- Control documental en el traslado de residuos
- Elaboración de notas de traslados y documentos de identificación
- Redacción de contratos de tratamiento
- Tramitación electrónica de todos los traslados de residuos y el proceso de adaptación
- Redacción de la memoria anual de residuos
- Adaptación de exigencias normativas ambientales a instalaciones de gestión de residuos
- Autorizaciones para la gestión de residuos, productores de residuos y transportistas
Procedimiento de traslado de residuos en Cantabria
El Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITERD) ha desarrollado un procedimiento para la remisión de la Notificación Previa y de los Documentos de Identificación por parte del operador del traslado, así como para la aceptación o rechazo de los residuos por parte del gestor de destino, conforme a los artículos 6, 7 y 8 del Real Decreto 553/2020, de 2 de junio. Este procedimiento empezará ser utilizado desde el día 17 de marzo de 2021 y será obligatorio a partir del 1 de julio de 2021.
Todos los operadores de traslado que tengan que tramitar un movimiento de residuos (remisión Notificación Previa y Documentos de Identificación) con origen una de las comunidades autónomas adscritas Plataforma electrónica de gestión de residuos e-SIR , deben utilizar el procedimiento del MITERD.
Los gestores de destino que tengan que aceptar o rechazar los residuos a través de la cumplimentación del apartado específico del Documento de Identificación deberán utilizar el procedimiento del Ministerio cuando la instalación de tratamiento de destino se encuentre en alguna de las comunidades autónomas arriba indicadas.
Documentación obligatoria para realizar un traslado de residuos
Para cualquier transporte de residuos tanto peligrosos como no peligrosos:
- Contrato de tratamiento
Se trata de un documento de naturaleza contractual jurídico-privada, suscrito entre el operador del traslado de los residuos y la entidad o empresa que efectuará el tratamiento, ya sea intermedio, ya sea final. Se debe disponer con carácter previo al inicio de cualquier traslado de residuos de un contrato de tratamiento.
- Documento de Identificación
Los residuos deberán ir acompañados durante el traslado de un Documento de Identificación, dicho documento deberá contener la información establecida en el Anexo I (Documento de Identificación con Notificación Previa) o Anexo III (Documento de Identificación sin Notificación Previa).
En los casos de traslados sujetos a notificación previa, el operador de traslado, deberá de remitir el documento de identificación al inicio del traslado a la comunidad autónoma de origen (regulado en el artículo 6), permitiendo a las CCAA conocer cuándo va a tener lugar el traslado de residuos.
- Notificación previa
La Nota Previa de traslado de residuos se deberá llevar a cabo en los siguientes casos:
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- Los traslados de residuos peligrosos y no peligrosos destinados a eliminación
- Los traslados de residuos peligrosos.
- Los residuos domésticos mezclados identificados con el código LER 20 03 01 y los que reglamentariamente se determinen, destinados a valorización.
Marco normativo en materia de Comunicación Transporte Residuos en Cantabria
El procedimiento para obtener los permisos de transporte de residuos hay que realizar la documentación necesaria según la siguiente normativa:
- Ley 22/2011, de residuos y suelos contaminados.
- Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.
MÁS INFORMACIÓN TRASLADO DE RESIDUOS
Fases previstas para la implantación de la tramitación electrónica
El proceso establecido para la implantación de la tramitación electrónica referente al traslado de residuos y que deberán adaptarse todos los gestores y productores de residuos sujetos a la Ley 22/2001 será el siguiente:
- Hasta el 1 de enero de 2021: las CCAA deberán volcar y tener actualizada toda la información en el Registro de Producción y Gestión de Residuos para permitir la comprobación de la información de los documentos de traslado.
- Del 1 de enero 2021 hasta 1 de julio 2021: el MITECO pondrá a los operadores de traslado el procedimiento de remisión de notificaciones previas en la sede electrónica del MITECO y el procedimiento de remisión de documentos de identificación a través de web externa.
- A partir del 1 de julio de 2021: será obligatorio el uso del E3L 3.3 por parte de todos los operadores y administraciones públicas.