Apertura de un alojamiento turístico como casa rural en Cantabria
La Ley de Cantabria 5/1999 de 24 de marzo, de ordenación del turismo de Cantabria desarrolla los establecimientos y empresas que desarrollan su actividad en el ámbito turístico en la Comunidad Autónoma y con ello la apertura de un alojamiento turístico como casa rural en Cantabria.
En su El Título II regula la demanda y la oferta turísticas, las actividades y ámbito empresarial reglamentado, la publicidad, autorizaciones y licencias, el libre acceso a los establecimientos turísticos y el Registro de establecimientos turísticos.
En este título se determinan las diferentes categorías de alojamientos turísticos que se puede abrir en Cantabria:
- Establecimientos hoteleros en sus diversos grupos, modalidades y especialidades.
- Los alojamientos extrahoteleros en sus diversas modalidades y categorías.
- Los alojamientos en el medio rural en sus diversos grupos, modalidades y especialidades.
- Los campamentos de turismo en sus diversas modalidades y especialidades.
- Albergues y establecimientos similares en sus diversas modalidades y especialidades.
- Otros establecimientos similares susceptibles de ser explotados como alojamientos turísticos desarrollados reglamentariamente.
En el artículo 15, actividades reglamentadas y ámbito empresarial reglamentado se recogen los alojamientos rurales, en los que entran las famosas casas rurales que han ido abriendo a lo largo de estos años con una alta demanda como alternativa a los establecimiento hoteleros convencionales.
Tras la publicación de esta ley se han ido desarrollando Decretos que regulan todo tipo de alojamientos, en el caso de los establecimiento catalogados como rurales se desarrolló el Decreto 83/2010, de 25 de noviembre, por el que se regulan los establecimientos de alojamiento turístico en el medio rural en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
El decreto define como medio rural a los efectos previstos en el Decreto, aquel cuya base de subsistencia ha sido o es la agricultura, ganadería u otras actividades tradicionales, y cuyo hábitat poblacional es disperso o que, aún formando un núcleo urbano, su número de habitantes no supere los 1.250 habitantes.
En el Artículo 5 se define la clasificación de los establecimientos de alojamiento turístico en el medio rural en las siguientes categorías:
- Palacios y Casonas de Cantabria.
- Posadas de Cantabria.
- Viviendas Rurales de Cantabria. (casa rural)
Las viviendas rurales o casas rurales, como mas se conocen, deben disponer de las características siguientes:
- Ubicarse en inmuebles cuya fecha de construcción sea anterior a 1950, con tipología constructiva propia del medio rural, y que estén construidos con piedra de sillería, mampostería con piedra del lugar, ladrillo rústico, madera o combinación de alguno de éstos, siempre que se respeten los elementos arquitectónicos ya existentes.
- Que al menos dos de sus fachadas sean al exterior.
- Únicamente podrán integrarse en el alojamiento aquéllos anexos que puedan considerarse como edificaciones vinculadas a la principal, constituyendo un conjunto homogéneo, y que conserven su fisonomía original.
- Cada unidad de alojamiento contará, al menos, dormitorio/s, cuarto de baño, salón-comedor y cocina, que podrá estar incorporada a la anterior.
- Las Viviendas Rurales de Cantabria podrán estar repartidas en apartamentos, con un máximo de cuatro por edificio y una capacidad total máxima de 20 plazas, siempre y cuando cada apartamento disponga de las estancias indicadas en el apartado anterior.
- Excepcionalmente se podrán repartir las Viviendas Rurales en estudios, definidos como aquellas unidades de alojamiento compuestas por las siguientes estancias independientes: dormitorio-salón-comedor, cocina, que podrá estar incorporada a la anterior, y cuarto de baño; en cualquier caso, el número de estudios no podrá exceder del 25% del total de unidades de alojamiento de cada establecimiento.
SAVIA Ingeniería y Medio Ambiente realiza todos los trámites relacionados con la apertura y el alta en el Registro de Empresas Turísticas de Cantabria para poder desarrollar la explotación de este tipo de actividades sin el miedo de poder ser sancionado con multas de hasta 30000 euros.
Tramitamos los siguientes establecimientos:
- Casa rural
- Albergues
- Apartamentos turísticos
- Establecimientos extrahoteleros
- Cabañas Pasiegas
- Posadas
- Palacios y Casonas de Cantabria
- Establecimientos hoteleros.
SAVIA INGENIERÍA Y MEDIO AMBIENTE gestiona la apertura de un alojamiento turístico como casa rural en Cantabria, llevando a cabo todos los documentos técnicos y tramitaciones necesarias.