Autorización instalaciones de tratamiento de residuos peligrosos en Euskadi
SAVIA asesora a las empresas para obtener la autorización instalaciones de tratamiento de residuos peligrosos en Euskadi, realizando el Proyecto Técnico para las Instalaciones de Tratamiento necesario para la solicitud administrativa ante Medio Ambiente según la Ley 22/2001 de residuos y suelos contaminados. La autorización es obligatoria tanto para residuos peligrosos y no peligrosos.
También tenemos una larga experiencia en la tramitación de Licencias de actividad frente al ayuntamiento y la correspondiente Evaluación de Impacto Ambiental en el caso que se exija.
Diseñamos operaciones y tratamientos para la gestión y tratamiento de residuos, elección de maquinaria y equipos para la ejecución de líneas de operaciones.
Operaciones de tratamiento de residuos peligrosos:
Nuestros técnicos elaboran documentación técnica para obtener la autorización instalaciones de tratamiento de residuos peligrosos en Euskadi de las siguientes operaciones de eliminación y valorización:
Código de operación | Descripción |
D 1 | Depósito sobre el suelo o en su interior |
D 2 | Tratamiento en medio terrestre (por ejemplo, biodegradación de residuos líquidos o lodos en el suelo, etc.). |
D 3 | Inyección en profundidad (por ejemplo, inyección de residuos bombeables en pozos, minas de sal o fallas geológicas naturales, etc.). |
D 4 | Embalse superficial (por ejemplo, vertido de residuos líquidos o lodos en pozos, estanques o lagunas, etc.). |
D 5 | Depósito controlado en lugares especialmente diseñados (por ejemplo, colocación en celdas estancas separadas, recubiertas y aisladas entre sí y el medio ambiente). |
D 6 | Vertido en el medio acuático, salvo en el mar. |
D 7 | Vertido en el mar, incluida la inserción en el lecho marino. |
D 8 | Tratamiento biológico que dé como resultado compuestos o mezclas que se eliminen posteriormente mediante otras operaciones |
D 9 | Tratamiento fisicoquímico que dé como resultado compuestos o mezclas que se eliminen (por ejemplo, evaporación, secado, calcinación, etc.). |
D 10 | Incineración en tierra. |
D 11 | Incineración en el mar |
D 12 | Almacenamiento permanente (por ejemplo, colocación de contenedores en una mina, etc |
D 13 | Combinación o mezcla previa a cualquiera de las operaciones de eliminación posterior. |
D 14 | Reenvasado previo a cualquiera de las operaciones de eliminación |
D 15 | Almacenamiento en espera de cualquiera de las operaciones de eliminación |
R 1 | Utilización principal como combustible u otro modo de producir energía |
R 2 | Recuperación o regeneración de disolventes |
R 3 | Reciclado o recuperación de sustancias orgánicas que no se utilizan como disolventes (incluidos el compostaje y otros procesos de transformación biológica |
R 4 | Reciclado o recuperación de metales y de compuestos metálicos. |
R 5 | Reciclado o recuperación de otras materias inorgánicas |
R 6 | Regeneración de ácidos o de bases |
R 7 | Valorización de componentes utilizados para reducir la contaminación |
R 8 | Valorización de componentes procedentes de catalizadores. |
R 9 | Regeneración u otro nuevo empleo de aceites. |
R 10 | Tratamiento de los suelos que produzca un beneficio a la agricultura o una mejora ecológica de los mismos |
R 11 | Utilización de residuos obtenidos a partir de cualquiera de las operaciones numeradas de R 1 a R 10 |
R 12 | Intercambio de residuos para someterlos a cualquiera de las operaciones enumeradas entre R 1 y R 11. Quedan aquí incluidas operaciones previas a la valorización incluido el tratamiento previo, operaciones tales como el desmontaje, la clasificación, la trituración, la compactación, la peletización, el secado, la fragmentación, el acondicionamiento, el reenvasado, la separación, la combinación o la mezcla, previa |
R 13 | Almacenamiento de residuos en espera de cualquiera de las operaciones numeradas de R 1 a R 12 (excluido el almacenamiento temporal, en espera de recogida, en el lugar donde se produjo el residuo) |
Contenido de los Proyectos de Autorización de Gestor de Residuos:
SAVIA elabora los documentos técnicos para obtener la autorización instalaciones de tratamiento de residuos peligrosos en Euskadi.
A-Contenido de la solicitud de autorización de las instalaciones de tratamiento de residuos:
- Identificación de la persona física o jurídica propietaria de la instalación.
- Ubicación de las instalaciones donde se llevarán a cabo las operaciones de tratamiento de residuos, identificadas mediante coordenadas geográficas.
- Presentación del proyecto de la instalación con una descripción detallada de las instalaciones, de sus características técnicas y de cualquier otro tipo aplicables a la instalación o al lugar donde se van llevar a cabo las operaciones de tratamiento.
- Tipos y cantidades de residuos que puedan tratarse identificados mediante los códigos LER y si es necesario para cada tipo de operación.
B-Contenido de la solicitud de autorización de las personas físicas o jurídicas que realizan operaciones de tratamiento de residuos:
- Identificación de la persona física o jurídica que solicita llevar a cabo la actividad de tratamiento de residuos.
- Descripción detallada de las actividades de tratamiento de residuos que pretende realizar con inclusión de los tipos de operaciones previstas a realizar, incluyendo la codificación establecida en los anexos de la Ley.
- Métodos que se utilizarán para cada tipo de operación de tratamiento, las medidas de seguridad y precaución y las operaciones de supervisión y control previstas.
- Capacidad técnica para realizar las operaciones de tratamiento previstas en la instalación.
Somos expertos en las autorizaciones de instalaciones para la gestión de residuos peligrosos, determinando procesos de gestión, eligiendo equipos de tratamiento, medidas de seguridad, diseñando zonas de almacenamiento, implementando medidas ambientales para prevenir y reducir la contaminación.
La autorización instalaciones de tratamiento de residuos peligrosos en Euskadi puede estar sujeta a otros procedimientos ambientales que también elaboramos:
- Licencia de actividad clasificada o ambiental (ayuntamiento)
- Evaluación de Impacto ambiental simplificada (Gobierno Autonómico)
- Autorización Ambiental Integrada (altas cantidades de gestión)