CONSULTORIA AMBIENTAL
Informe Suelos Contaminados
El Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados establece la obligación de realizar un Informe Preliminar de Situación del Suelo (IPS).
SAVIA asesora a las empresas para cumplir las exigencias en materia de suelos contaminados relacionado con el estudio del emplazamiento donde se ubique la empresa a través de un Informe Preliminar de Situación del Suelo inicial, para conocer el histórico de las actividades desarrolladas, almacenamientos, instalaciones, materias primas,… para posteriormente evaluar si es necesario un estudio analítico del suelo y su posterior tratamiento, si se superan los índices de contaminantes.
Quién debe realizar Informe Preliminar de situación del Suelo
Los titulares de actividades potencialmente contaminantes del suelo, y para cada uno de los emplazamientos (centros) en los que se desarrolla dicha actividad, que se concretan en:
- Actividades relacionadas en el Anexo I del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero
- Empresas que producen, manejan o almacenan más de 10 t/año, de una o varias de las sustancias incluidas en el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.
- Los almacenamientos de combustible para uso propio según el Real Decreto 1523/1999, de 1 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de instalaciones petrolíferas, con un consumo anual medio superior a 300.000 litros y con un volumen total de almacenamiento igual o superior a 50.000 litros.
Cuándo se debe presentar el Informe Preliminar de Situación del Suelo
El Informe Preliminar de Situación del Suelo Asturias debe presentarse en un plazo no superior a 2 años a partir del inicio de la actividad potencialmente contaminante del suelo o haya un cambio de uso en un suelo donde se haya desarrollado una actividad potencialmente contaminante del suelo anteriormente.
Los titulares de las actividades potencialmente contaminantes estarán obligados, asimismo, a remitir periódicamente al órgano competente informes de situación.
Contenido de un Informe Preliminar de Situación del Suelo
El contenido y alcance de este documento viene determinado por el anexo II del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, donde se tiene que incluir aspectos generales de la empresa así como reflejar los datos concretos sobre los posibles riesgos de contaminación de los suelos como:
- Datos generales de la actividad.
- Materias consumidas de carácter peligroso.
- Productos intermedios o finales de carácter peligroso.
- Residuos o subproductos generados.
- Áreas productivas.
- Actividades históricas.
Normativa de aplicación en el Informe Preliminar de Situación del Suelo
- Ley 22/2011 de 28 de julio de residuos y suelos contaminados.
- Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
- Orden PRA/1080/2017, de 2 de noviembre, por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
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