CONSULTORIA AMBIENTAL
Vigilancia Medio Ambiental
Un Plan de Vigilancia Medio Ambiental es el documento que establece las medidas ambientales que hay que implementar durante la ejecución y explotación de una obra o instalación para llevar cabo la misma de forma correcta para evitar afecciones al entorno. La vigilancia ambiental garantizará el cumplimiento de las indicaciones y medidas, preventivas y correctoras y compensatorias en coordinación con la Dirección de Obra.
SAVIA implementa planes de vigilancia medio ambiental para realizar seguimiento de obras en fase de ejecución y posteriomente en fases de explotación de infraestructuras o instalaciones para llevar a cabo los requisitos marcados por el Plan de Vigilancia Medio Ambiental. El seguimiento y vigilancia ambiental de obras es obligatorio para aquellos proyectos que hayan pasado el trámite de Evaluación de Impacto Ambiental. Asimismo realizamos labor de asesoría ambiental a la Dirección de obra de los proyectos, aportando recomendaciones sobre el modo de ejecución de las medidas ambientales incluidas en el proyecto.
Objetivos de la vigilancia y seguimiento ambiental de un proyecto
Durante la vigilancia medio ambiental se realizan controles periódicos del estado de los factores ambientales durante la fase de ejecución de obra y la de explotación de la actividad. También llevamos a cabo la vigilancia ambiental posterior al cierre de las actividades potencialmente contaminantes.
En este periodo se efectúa una labor de asesoría ambiental a la Dirección de obra, aportando recomendaciones sobre el modo de ejecución de las medidas ambientales incluidas en el proyecto.
Vigilancia ambiental durante la fase de obras para:
- Detectar las desviaciones con incidencia ambiental generadas durante la ejecución para posteriormente corregir.
- Verificar que se ejecuten correctamente las medidas ambientales incluidas en el Plan de Vigilancia Ambiental.
- Coordinar con la Dirección de Obra las medidas preventivas a tomar en la ejecución del proyecto para evitar afecciones al entorno ambiental.
- Analizar y proponer cambios en las medidas ambientales propuestas dependiendo el desarrollo del proyecto.
- Seguimiento de la evolución de los factores e impactos ambientales.
Seguimiento ambiental durante la fase de explotación para:
- Comprobar el correcto desarrollo de las medidas aplicadas en la fase de obras.
- Seguimiento de la respuesta y evolución ambiental del entorno a la implantación de la actividad.
- Servir para futuros estudios de impacto ambiental.
Normativa de aplicación
El Artículo 52 de la Ley 21/2013 se refiere al seguimiento de las declaraciones de impacto ambiental y de los informes de impacto ambiental.
Por su parte, el apartado 7 del Anexo VI de la Ley 21/2013 nos dice textualmente lo siguiente:
Programa de vigilancia y seguimiento ambiental:
El programa de vigilancia ambiental establecerá un sistema que garantice el cumplimiento de las indicaciones y medidas, preventivas y correctoras y compensatorias contenidas en el estudio de impacto ambiental tanto en la fase de ejecución como en la de explotación. Este programa atenderá a la vigilancia durante la fase de obras y al seguimiento durante la fase de explotación del proyecto.
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