Almacenamiento de Productos Químicos en depuradoras en Guipúzcoa
Dentro de las E.D.A.R (Estación Depuradora de Aguas Residuales) y E.T.A.P (Estación Tratamiento de Agua Potable) se llevan a cabo procesos que requieren de productos químicos, con categoría de peligrosos, según sus propiedades que están sujetos a la normativa sectorial de aplicación y que exigen unas condiciones de seguridad. En este caso la manipulación y almacenamiento de productos químicos están bajo las exigencias del Real Decreto 656/2017, de 23 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE-APQ 0 a 10. Almacenamiento de Productos Quimicos en depuradoras en Guipúzcoa
Las instalaciones destinadas al almacenamiento de productos químicos han de conseguir primeramente la legalización, es decir, una autorización para el desarrollo de la actividad, y posteriormente cumplir el Reglamento APQ (Almacenamiento de Productos Químicos) y sus instrucciones técnicas complementarias (ITC). Algunas instalaciones ya disponen de autorización de almacenamiento de productos químicos, pero deberán adaptarse al nuevo Real Decreto 656/2017.
Este nuevo Reglamento presenta dos vertientes básicas:
1.- La adaptación de la reglamentación de almacenamiento de productos químicos a la reglamentación europea:
– Reglamento (CE) nº 1907/2006 (REACH), relativo al registro, evaluación, autorización y restricción de las sustancias y preparados peligrosos, y
– Reglamento (CE) nº 1272/2008 (REACH), sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas.
2.- La adaptación de las Instrucciones Técnicas Complementarias (ITCs) al progreso técnico y experiencia acumulada derivada de la aplicación de las mismas.
Su estructura normativa es la misma que tenía el anterior, es decir, comprende un Reglamento que contiene las normas de carácter general, y unas ITCs que establecen las exigencias técnicas específicas que se consideran necesarias para la seguridad de personas y bienes, en función de los distintos riesgos existentes.
SAVIA Ingeniería y Medio Ambiente realiza los Proyectos técnicos y Memorias, documentación técnica y tramitaciones para legalizar el Almacenamiento de Productos Químicos en estaciones depuradoras de agua residual (E.D.A.R.) y estaciones de tratamiento de agua potable (E.T.A.P.), de acuerdo al Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10.
Los productos químicos que se encuentran habitualmente en estaciones depuradoras de agua residual (E.D.A.R.) y estaciones de tratamiento de agua potable (E.T.A.P.) son:
- Metanol.
- Cloruro de hierro.
- Hidróxido de sodio.
- Ácido sulfúrico.
- Hipoclorito de sodio.
Estos productos químicos tienen que ajustarse a las siguientes Instrucciones Técnicas Complementarias del Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos:
- MIE APQ 1: Almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles en recipientes fijos.
- MIE APQ 6: Almacenamiento de líquidos corrosivos en recipientes fijos.
- MIE APQ 10: Almacenamiento en recipientes móviles.
Algunas exigencias del Reglamento de Almacenamiento Químicos son las siguientes:
- MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES
Las modificaciones de importancia y las ampliaciones de instalaciones deberán ser comunicadas a la Administración mediante Proyecto o Memoria según indique el RAPQ.
- PLAN DE FORMACIÓN
Se debe disponer e implementar un Plan de Formación dirigido a los técnicos y empleados en el APQ en lo que se refiere a los productos que se almacenan, los EPI que se utilizan y los peligros existentes por derrames y acciones a adoptar, así como el conocimiento del Plan de Emergencia.
- PLAN DE REVISIONES
Cada almacenamiento deberá disponer de un plan de revisiones periódicas de las duchas y lavaojos, de los EPI, de los equipos de Protección contra incendios y de otras instalaciones específicas existentes.
- PLAN DE EMERGENCIA Y AUTOPROTECCIÓN
Cada almacenamiento deberá disponer asimismo de un Plan de Emergencia y Autoprotección para cumplir con las condiciones de seguridad de los trabajadores y las diferentes actuaciones en caso de una emergencia.
- INSPECCIONES PERIÓDICAS
Inspecciones anuales de la instalación por parte de un inspector propio (labor que realizamos para varias empresas).
Inspección por parte de un OCA cada 5 años.
- JORNADA TÉCNICA SOBRE EL PLAN DE FORMACIÓN Y REVISIONES DE APQ
Nuestros técnicos imparten dicha jornada formativa para los técnicos y el personal de los Almacenamientos de productos químicos.
Para más información: NUEVO REGLAMENTO DE ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUÍMICOS
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