Savia legaliza salida de humos de cocina de restaurante

Uno de los aspectos más complejos para la apertura de un restaurante o bar que disponga de cocina es la gestión de los humos generados en la combustión de los diferentes equipos existentes para la elaboración de los alimentos.

Lo primero que hay que hacer en la adquisición de un local es verificar si ya dispone de una salida de humos legalizada a cubierta a través de un conducto. Si esto ocurre, ya se ha dado un gran paso para la apertura de un establecimiento de restauración sin ningún problema, ya que se recoge dicho derecho para la explotación de dicho local. Se conserva por tanto el derecho de servidumbre a través de una pared del edificio, un espacio común, que en caso de no tenerlo se necesita el permiso de los propietarios de la comunidad, que generalmente no son muy proclives a este tipo de instalaciones.

Si no se dispone de ese permiso, SAVIA Ingeniería y Medio Ambiente, se encarga del diseño técnico de la salida de humos y de los equipos necesarios para la extracción de los mismos, pero además lleva a cabo toda la tramitación legal en el Ayuntamiento correspondiente, atendiendo a las Ordenanzas municipales y normativa sectorial que regula este tipo de instalaciones.

La salida de humos se compone de un conducto que capta los humos y vapores procedentes de las extracciones localizadas de las cocinas, teniendo que ser un conducto independiente de cualquier otro del edificio porque el aire de extracción se clasifica como AE4 (muy alto nivel de contaminación) por el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios y ha de cumplir las exigencias de la normativa de protección contra incendios, como se recoge en el Documento Básico de Seguridad en caso de Incendios del Código Técnico de la Edificación.

Normativa sectorial que afecta a la instalación de una salida de humos

  1.  Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
  • Documento Básico de Salubridad
  • Documento Básico Protección contra el Ruido
  • Documento Básico de Seguridad en caso de Incendios
  1. Real Decreto 1027/2007  por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios

 El Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE), se establece las condiciones de la calidad del aire interior en todos los casos donde no es de aplicación el DB-HS del CTE y que también marca las características de los conductos, así como las normas técnicas que deben ser tomadas en consideración.

      3.  Ordenanza de Ordenanza Municipal para el Control Ambiental de Instalaciones y Actividades

En Santander se dispone de una Ordenanza municipal que regula las características de la salida de humos en la ciudad.

  1. Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado

En Cantabria se dispone de una ley autonómica que regula las actividades que generan afecciones ambientales como son los establecimientos de restauración.

Condiciones de los conductos de salida de humos de una cocina:

El primer paso es determinar la clasificación del tipo de cocina que tiene el restaurante, que nos indicará si el local tiene un riesgo especial, ya que este estatus dictaminará las características de la cocina, campana extractora, ventilación y conductos. 

  • Los conductos deben ser independientes de toda otra extracción o ventilación y exclusivos para cada cocina.
  • Deben disponer de registros para inspección y limpieza en los cambios de dirección con ángulos mayores que 30º y cada 3 m como máximo de tramo horizontal.
  • Los conductos que discurran por el interior del edificio, así como los que discurran por fachadas a menos de 1,50 m de distancia de zonas de la misma que no sean al menos EI 30 o de balcones, terrazas o huecos practicables tendrán una clasificación EI 30.
  • No deben existir compuertas cortafuego en el interior de este tipo de conductos.
  • Sobrepasar en 1 metro por encima de la cumbre más alta situada a menos de 8 metros

Savia legaliza salida de humos de cocina de restaurante, realiza el proyecto técnico, la tramitación administrativa y la supervisión de la instalación por empresa registrada.